Choose an option
Choose an option
Leilosoc/Condiciones Generales de Venta

Condiciones Generales de Venta

Subasta Electrónica

Corresponde a LEILOSOC® garantizar el correcto desarrollo de la Subasta Electrónica, la cual se rige por las siguientes condiciones generales de venta:

Registro en el Portal de Subastas Leilosoc®
  • Los licitadores y posibles adjudicatarios deben estar debidamente registrados en el portal de LEILOSOC® antes de realizar cualquier oferta.

  • Al crear una cuenta en la plataforma LEILOSOC.COM deben incluirse todos los datos de identificación necesarios para la facturación y/o la formalización del Contrato de Compraventa, tales como nombre, dirección/sede, número de documento de identidad o tarjeta de ciudadano, certificado permanente y NIF o NIPC.

  • Adjunto de documentos: es obligatorio anexar una copia del documento de identidad, pasaporte, tarjeta de residencia u otro equivalente en el caso de licitante a título individual, y el certificado permanente de la sociedad en el caso de que la licitación sea realizada por una persona jurídica.

  • Una vez finalizado el registro, se solicitará la confirmación de la cuenta de correo electrónico. Dicha confirmación es imprescindible para validar el correo indicado y poder participar en las subastas.

  • El licitante asume la veracidad de los datos proporcionados, así como todas las obligaciones y responsabilidades derivadas de ellos, en particular la de efectuar los pagos correspondientes.

Sobre los Bienes en Subasta
  • Los bienes (inmuebles o muebles, estén o no sujetos a registro) se venden en las condiciones, y en el estado físico y jurídico en que se encuentran, por lo que LEILOSOC® declina toda responsabilidad respecto a su estado de conservación o funcionamiento. Si no se indica lo contrario, se transmiten libres de cargas, gravámenes, personas y bienes*.

  • Corresponde a los interesados verificar los bienes, presumiéndose que al ofertar están en posesión de toda la información y conocen el estado real de los mismos. El pago no puede estar condicionado a la obtención de información adicional o a la realización de visitas, ya que todas las cuestiones relacionadas con los bienes en venta se presumen tratadas previamente; es decir, el licitante declara al pujar que conoce y es plenamente consciente del estado del bien ofertado.

  • El Decreto-Ley 84/2021 – “Defensa del Consumidor”, que regula los derechos del consumidor en la compraventa de bienes, contenidos y servicios digitales, según el artículo 4.º n.º 1, letra a), no se aplica a las ventas realizadas en el ámbito de liquidaciones de activos en procesos de insolvencia o ejecución. Las ofertas realizadas tienen carácter vinculante, y el licitante no podrá solicitar la anulación de su puja.

  • Todas las subastas electrónicas (por norma general) incluyen un período de visitas a los bienes —en horario predefinido o con cita previa—. Cuando el período de visitas está predefinido, el horario y la dirección donde pueden visitarse los bienes se publican en el área de la subasta electrónica y/o en la página del bien. Cuando las visitas son con cita, deberá contactarse con LEILOSOC® para concertarla. El comprador es responsable de la inspección del bien, no pudiendo atribuir a LEILOSOC® la falta de dicha revisión.

  • En los casos en que no sea posible realizar visitas, las pujas tienen igualmente carácter vinculante y no podrán condicionarse en base a la falta de inspección del bien.

  • La venta de inmuebles en procesos de insolvencia está exenta, conforme a la ley, de la presentación de Licencia de Uso, Certificación Energética y Ficha Técnica, y en el caso de fincas rústicas, de la inscripción en el BUPI.

Duración de la Subasta Eletrónica
  • La subasta se llevará a cabo durante el período anunciado en el área correspondiente, con una fecha y hora de inicio y una fecha y hora de finalización.

  • En los últimos 5 minutos de cada subasta, las nuevas pujas reinician automáticamente la cuenta regresiva por otros 5 minutos. Por ejemplo, si una subasta está programada para finalizar a las 17:00 y se realiza una puja a las 16:58, la subasta se prolongará automáticamente hasta las 17:03, y así sucesivamente. La subasta finalizará cuando no se presente ninguna nueva oferta dentro del tiempo restante.

  • Todos los bienes en subasta están identificados con un temporizador regresivo que muestra horas, minutos y segundos.

Funcionamiento de la subasta electrónica
  • El postor, al realizar una oferta, asume la responsabilidad derivada de dicho acto, en particular la de adquirir el bien por el valor que ofreció, de acuerdo con lo establecido por la ley y por las presentes condiciones de venta.

  • Cuando la puja ganadora es inferior al valor mínimo o, en ausencia de este, al valor base, se considera un registro de oferta. Esta oferta tiene carácter vinculante.

  • Los lotes en subasta electrónica presentan los siguientes valores:

    • Valor base: valor asignado al bien o al conjunto de bienes que componen un lote determinado.

    • Valor mínimo: valor a partir del cual, en la mayoría de los casos, el bien se considera vendido.

    • Valor de apertura: valor a partir del cual se aceptarán pujas para la venta del bien. Cuando el valor de las ofertas sea superior al valor de apertura, pero inferior al valor mínimo, corresponderá a la casa de subastas decidir su aceptación, de acuerdo con la decisión del Administrador Concursal/Agente de Ejecución/Vendedor.

    • Puja actual: valor de la oferta más alta recibida hasta el momento.

  • Los incrementos mínimos de puja son los siguientes:

    • €50,00 para lotes con un valor de salida igual o inferior a €500,00;

    • €100,00 para lotes con un valor de salida entre €501,00 y €5.000,00;

    • €500,00 para lotes con un valor de salida entre €5.001,00 y €10.000,00;

    • €1.000,00 para lotes con un valor de salida entre €10.001,00 y €50.000,00;

    • €2.000,00 para lotes con un valor de salida entre €50.001,00 y €100.000,00;

    • €5.000,00 para lotes con un valor de salida entre €100.001,00 y €250.000,00;

    • €10.000,00 para lotes con un valor de salida superior a €250.000,00.

  • Los casos específicos se indicarán en las condiciones particulares de la subasta y/o en el área de información dedicada a la subasta electrónica o al producto en cuestión.

  • Los postores serán notificados por correo electrónico en caso de que surja una oferta superior a la suya. LEILOSOC® no se responsabiliza de posibles retrasos en la entrega de dichos correos electrónicos, ya que el servicio de mensajería electrónica no depende de su gestión.

  • Todas las demás pujas (que no resulten ganadoras) se archivan automáticamente.

Comisiones por Servicios Prestados
  • Al precio de venta por los servicios prestados por LEILOSOC® Worldwide y respectivo IVA se le suma una comisión a saber:

    • Bienes Raíces: 5% sobre el valor propuesto y el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente);

    • Bienes Muebles: 10% sobre el valor propuesto y y el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente);

    • Cuotidades Hereditarias y Derechos (Usufructos, Participaciones, Meaciones, Acciones y Otros): 10% sobre el valor propuesto y el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente);

    • Unidad Industrial Completa/Establecimiento Comercial: 10% sobre el valor propuesto y el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente);

    • Arte: 15% sobre el valor propuesto y el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente);

    • Los casos específicos se indicarán en las condiciones particulares de la subasta y/o en el área de información dedicada a la subasta electrónica y/o al producto específico.

  • En caso de adjudicación de uno o más bienes, se contactará al postor luego de finalizada la subasta, a fin de proceder al pago de la comisión, los bienes y el cobro respectivo.

  • En caso de que el precio de puja, a pesar de ser el más alto, sea inferior al precio de venta del artículo, se contactará oportunamente con el pujador para comunicarle la posición del subastador.

Cómo participar
  • Si para poder pujar es obligatorio el registro previo en la subasta electrónica, se exigirá el pago de una fianza. Este valor estará debidamente indicado en la página “Cómo participar” del respectivo dossier de venta, así como visible en la página de la subasta en LEILOSOC.COM.

  • Las fianzas serán devueltas tan pronto como dejen de ser necesarias.

Comisiones por los servicios prestados
  • Al valor de la venta se añadirá una comisión por los servicios prestados por LEILOSOC®, así como el IVA correspondiente, cuyo pago será responsabilidad del comprador (ya sea particular, persona jurídica/sociedad, acreedor hipotecario, entidad bancaria o financiera, entidad con o sin derecho de preferencia, preferente de cualquier naturaleza, incluidos los redentores), en los siguientes términos:

    • Bienes inmuebles: 5 % sobre el valor ofertado, más el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente).

    • Bienes muebles: 10 % sobre el valor ofertado, más el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente).

    • Derechos (por ejemplo: participaciones hereditarias, usufructos, cuotas, acciones, etc.): 10 % sobre el valor ofertado, más el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente).

    • Establecimientos comerciales o unidades industriales: 10 % sobre el valor ofertado, más el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente). Se considera establecimiento o unidad industrial siempre que la venta incluya el conjunto (inmueble y bienes muebles correspondientes), independientemente de que esté o no en funcionamiento o disponga de licencias válidas de explotación.

    • Arte: 15 % sobre el valor ofertado, más el IVA correspondiente (a la tasa legal vigente).

    • Los casos específicos serán indicados en las condiciones particulares de la subasta y/o en el área de información dedicada a la subasta electrónica y/o al producto concreto.

  • En caso de adjudicación de uno o más bienes, el postor será notificado tras la finalización de la subasta para efectuar el pago, en un plazo de 3 días, del precio (bienes muebles y derechos) o del depósito (bienes inmuebles) y de la comisión.

  • En los casos en que la oferta ganadora, aunque sea la más alta, sea inferior al valor de venta del bien, el postor será contactado oportunamente para ser informado de la decisión de la casa de subastas.

Pago de los Bienes
  • Bienes inmuebles:

    • El adjudicatario y comprador provisional pagará, al momento de la adjudicación/arrematación, el 10 % del valor ofertado como señal y anticipo de pago, así como el importe correspondiente por los servicios prestados por la casa de subastas.

    • El resto del precio se abonará en la celebración del contrato definitivo (escritura pública, DPA, título de transmisión), dentro de 30 días, o, en caso de derechos de preferencia, tan pronto como los plazos hayan finalizado.

    • El contrato definitivo será programado por la casa de subastas una vez reunida toda la documentación necesaria y se realizará en el lugar determinado por el Administrador de la Insolvencia/Agente de Ejecución/Vendedor, normalmente dentro de su área geográfica de domicilio profesional.

    • Si por motivos ajenos a la casa de subastas y al comprador provisional el contrato no se celebra —por decisión del Administrador/Agente de Ejecución/Vendedor o por decisión judicial, por irregularidad u otro impedimento que haga inválida la venta—, cualquier importe pagado será devuelto íntegramente.

  • Bienes muebles:

    • Al momento de la adjudicación se pagará el total del valor ofertado más el IVA correspondiente.

    • En el caso de bienes muebles sujetos a registro (vehículos/motocicletas/embarcaciones), el comprador será responsable del pago de los derechos correspondientes al registro de propiedad a su favor en la oficina registral o capitanía competente.

    • El registro de la transmisión de propiedad de los vehículos será gestionado por la casa de subastas.

    • El retiro de los vehículos solo se autoriza tras la conclusión del registro de transmisión.

  • Incumplimiento de pago, no retiro de los bienes o desistimiento puede implicar:

    • Considerarse la venta sin efecto.

    • No poder participar en futuras subastas.

    • Responsabilidad civil y/o penal por daños o perjuicios causados.

    • No recuperar el importe pagado como señal.

    • Ser obligado a indemnizar a la masa insolvente y a LEILOSOC® por la diferencia si el bien es adjudicado a otro postor o mediante nueva venta.

    • Bloqueo temporal o definitivo de la cuenta del postor.

Pago / blanqueo de capitales
  • De acuerdo con el Reglamento n.º 314/2018, de 25 de mayo, sobre los Deberes Generales para la Prevención y Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (BC/FT), en relación con la Ley n.º 83/2017, de 18 de agosto, tras la adjudicación de los bienes licitados, el pago podrá realizarse mediante las siguientes modalidades:

    • Multibanco.

    • Transferencia bancaria al IBAN indicado en el resumen de adjudicaciones.

    • Cheque endosado a Isegoria Capital, S.A.

    • Efectivo: queda prohibido pagar o recibir en efectivo en transacciones de cualquier tipo que impliquen montos iguales o superiores a € 3.000,00, o su equivalente en moneda extranjera (Ley n.º 92/2017, de 22 de agosto).

  • Es obligatorio completar el formulario de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales para transacciones superiores a € 15.000,00, el cual se proporcionará tras la adjudicación.

Legitimidad en el acceso al Servicio
  • El subasta electrónica no podrá ser utilizada por personas que no tengan plena capacidad jurídica para celebrar contratos onerosos, quedando expresamente prohibido su uso por menores de 18 años.

  • LEILOSOC® no asume ninguna responsabilidad derivada del hecho de que los participantes no tengan plena capacidad jurídica para vender o comprar los productos.

  • Los participantes deben informar a LEILOSOC® sobre cualquier situación que limite su capacidad jurídica. Si no se comunica nada al respecto, se asumirá que poseen plena capacidad jurídica.

  • El participante se compromete a mantener confidencial su contraseña de acceso a la subasta electrónica y no podrá utilizar credenciales que no le pertenezcan. El participante asume toda la responsabilidad por las operaciones realizadas con sus datos, incluso por terceros, con o sin su autorización, así como por la no divulgación de su contraseña.

  • La casa de subastas podrá suspender el acceso al portal si se viola cualquier disposición legal o de estas Condiciones Generales de Venta o sus anexos, o si se detecta cualquier actividad fraudulenta relacionada con el participante en la subasta electrónica.

  • En caso de que la cuenta de un participante sea suspendida o cancelada, las obligaciones asumidas por dicho participante, incluyendo el pago puntual de cualquier monto adeudado y la finalización de los negocios en los que haya participado como comprador, no se extinguen, debiendo el participante cumplir con dichas obligaciones.

Responsabilidad del participante en la subasta
  • Al utilizar la subasta electrónica, el participante se compromete a no adoptar comportamientos que infrinjan el orden jurídico vigente ni que perjudiquen intereses o posiciones legalmente protegidas, así como a no perturbar ni degradar la calidad del servicio.

  • El participante se obliga a seguir todos los procedimientos indicados por la casa de subastas para el correcto uso de la subasta electrónica, actuando con elevados estándares de seriedad y proporcionando únicamente información veraz y actualizada.

  • No está permitida la participación en la subasta con fines especulativos, para aumentar o disminuir artificialmente el precio del bien subastado, mediante ofertas de compra o venta, incitación o provocación de dichas ofertas. Tampoco se permite manipular el proceso de la subasta ni influir en el comportamiento de otros usuarios, ni realizar actos que sobrecarguen, dañen o interfieran con el sistema informático de la subasta electrónica.

  • El participante no podrá usar ningún software, mecanismo o procedimiento manual para monitorear o reproducir parcial o totalmente el contenido de las páginas de la subasta electrónica sin la autorización expresa y por escrito de la casa de subastas.

  • El participante asume la responsabilidad por la conclusión de las licitaciones realizadas a través de la subasta electrónica, incluyendo la adquisición del bien por el valor ofrecido, así como el cumplimiento de la legislación aplicable.

Responsabilidad del licitante
  • Dada la dificultad de confirmar la identidad de los usuarios en Internet, las declaraciones realizadas por el licitante son de su exclusiva responsabilidad, especialmente en lo relativo a la identificación de sus representados, su calidad y poderes.

  • Bienes inmuebles:

    • Es responsabilidad exclusiva del licitante obtener la licencia del inmueble objeto de la venta si esta resulta imprescindible para su transmisión por causas imputables al adquirente, por ejemplo, para acceder a financiación bancaria. La masa concursal no se hace responsable de estos gastos. La escritura pública de compraventa o DPA se otorgará independientemente de la existencia de licencia de utilización, certificado energético, ficha técnica o BUPI, conforme a la ley, ya que el administrador concursal está dispensado de presentar dichos documentos y esto no impide la realización del acto.

    • Si se recurre a financiación o crédito bancario, el proponente/comprador debe informar previamente a LEILOSOC® sobre esta necesidad, aceptando asumir los costos relacionados con la obtención de toda la documentación exigida por la entidad bancaria, sobre la cual el administrador concursal está dispensado de presentar.

    • Es exclusiva responsabilidad del proponente/comprador asumir todos los costos inherentes a la adquisición, incluidos los impuestos aplicables.

  • Bienes muebles:

    • Tras la confirmación de los pagos necesarios y la emisión del título de adjudicación, el licitante/participante asume la obligación de retirar los bienes adquiridos del lugar donde se encuentran en un plazo máximo de 10 días, salvo que se acuerde otro plazo con la aprobación del administrador concursal/agente de ejecución/vendedor.

    • El incumplimiento del plazo de retirada determina la reversión de los bienes, o de parte de ellos, al patrimonio de la masa concursal, con pérdida total del precio pagado y sin derecho a indemnización.

    • Durante la retirada, la custodia y vigilancia de los bienes y/o de las instalaciones es responsabilidad exclusiva del comprador, con acompañamiento de LEILOSOC®.

    • El comprador se compromete a retirar únicamente los bienes del lote adquirido y a no causar daños a las instalaciones, asumiendo la responsabilidad total por cualquier desperfecto ocasionado en el edificio, incluyendo divisorias, iluminación, cables y cuadros eléctricos, entre otros.

    • El comprador debe mantener intacta toda la documentación existente en las instalaciones que no esté relacionada con los lotes retirados.

Responsabilidad de LEILOSOC®
  • Es responsabilidad de LEILOSOC®:

    • La colocación de bienes en subasta, así como la información introducida en el portal de subastas.

    • Asegurar su funcionamiento, garantizando la confidencialidad de la identificación de los licitantes.

  • No es responsabilidad de LEILOSOC®:

    • Pérdidas que resulten de fallos o deficiencias del portal de subastas o de las operaciones de mantenimiento del mismo que ocurran por eventos imprevisibles e insuperables, ajenos a su voluntad o control, que impidan, total o parcialmente, definitiva o temporalmente, cumplir obligaciones emergentes del contrato y/o que resulten del incumplimiento, mora o cumplimiento defectuoso que no sean imputables, a título de dolo o culpa grave, a la Subastadora o sus representantes, agentes, auxiliares o cualquier otra persona que esta utilice para el cumplimiento de las obligaciones.

    • Fallos o ineficacia de los equipos electrónicos utilizados por los usuarios o por divergencias horarias de dichos dispositivos.

  • LEILOSOC®, como establecimiento de subasta, se reserva los siguientes derechos:

    • No adjudicar, en caso de que los valores obtenidos se consideren insuficientes.

    • Cancelar o suspender las ventas cuando estas ocurran de manera irregular.

    • Exigir, si lo considera necesario, que los pagos se realicen mediante cheque visado.

    • Considerar sin efecto las adjudicaciones que no hayan sido señaladas según lo indicado en el punto 19.

  • LEILOSOC® declina toda responsabilidad por la autenticidad de las marcas de los productos/bienes que se encuentran en venta.

  • Los kilómetros indicados en la publicidad de venta corresponden al odómetro (cuenta kilómetros), no responsabilizándose por cualquier adulteración o avería de este equipo.

Datos Personales - RGPD
  • LEILOSOC® recopilará y procesará informáticamente los datos personales del participante de la subasta, insertándolos en una base de datos apropiada, de la cual será responsable.

  • Los datos personales proporcionados por el participante de la subasta se utilizarán exclusivamente para fines relacionados con la ejecución del respectivo contrato, así como para actividades de información y marketing de la subastadora.

  • El participante de la subasta se compromete a proporcionar y mantener actualizados y veraces sus datos personales. Los datos personales correspondientes al formulario de inscripción obligatorio que se determinen como incorrectos o incompletos constituyen motivo para la inmediata suspensión o cese de la prestación del servicio de subasta electrónica, así como para la resolución del respectivo contrato.

Notificaciones
  • El participante de la subasta acepta recibir las notificaciones relacionadas con la subasta electrónica, incluidas las posibles modificaciones de las presentes Condiciones de Venta, en la bandeja de correo electrónico asociada a su registro.

Ley y juridiscción aplicable
  • La venta se realiza de conformidad con lo dispuesto en el art. 834 del Código de Procedimiento Civil.

  • LEILOSOC® está debidamente acreditada según el D.L. n.º 155/2015 de 10 de agosto, y cuenta con un seguro de responsabilidad civil por un valor de € 200.000,00, Póliza n.º RC63465018 Fidelidade – Compañía de Seguros, S.A.

  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 825.º nº 1 c) del Código de Procedimiento Civil, la falta de depósito del precio puede dar lugar al embargo de bienes suficientes para garantizar el valor pendiente, más los costos y gastos, sin perjuicio de PROCEDIMIENTO PENAL y siendo, al mismo tiempo, ejecutado en el propio proceso para el pago de dicho valor y sus recargos.

  • Para todas las cuestiones no reguladas expresamente en las presentes Condiciones de Venta, se aplicará la Ley Portuguesa.

Para su seguridad, consulte las siguientes condiciones generales de venta referentes a cada modalidad:

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_LE-03.svg

Subasta Electrónica

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_CompreJa-04.svg

Comprar Ahora

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Matrix-02.svg

Matrix

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Presencial-03.svg

Subasta Presencial

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_CartaFechada-05.svg

Carta Cerrada

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Privado-06.svg

Negociación Privada

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_LE-03.svg

Subasta Electrónica

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_CompreJa-04.svg

Comprar Ahora

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Matrix-02.svg

Matrix

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Presencial-03.svg

Subasta Presencial

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_CartaFechada-05.svg

Carta Cerrada

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2023/03/Icon_Privado-06.svg

Negociación Privada

Venta con LEILOSOC®

Reciba una tasación de su patrimonio en 4 pasos:
Pedido de Información

Oferta en una de nuestras categorías!

https://wps-auctions.devscope.net/leilosoc-wp/2022/11/Group-6130.png

Envíe información sobre la propiedad que deseas vender

Este site utiliza cookies para permitir uma melhor experiência por parte do utilizador. Ao navegar no site estará a consentir com a Política de Cookies.